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Consumidor: se reduce proceso de demandas

El Senado de la República aprobó ayer en sesión ordinaria un proyecto de ley que establece nuevas normas para las demandas por relaciones de consumo, siempre y cuando éstas no superen el valor equivalente a 100 unidades reajustables, que ascienden a $ 41.729 si se calculan con sus valores de mayo de 2009.

De acuerdo al proyecto, que espera sanción de Diputados, estas "pequeñas causas" producto del reclamo del consumidor se formularán ante el Juzgado de Paz que corresponda. Recibida la solicitud, el juez fijará dentro de las 48 horas una audiencia, la cual deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días. La ley también indica que la audiencia será pública y que el juez comenzará oyendo a las partes por su orden, las que formularán sus respectivas proposiciones y ofrecerán prueba. También indica que se tentará a la conciliación.

De no lograrse la conciliación, el proyecto establece que "se recibirán las pruebas ofrecidas por las partes" y de ofrecerse prueba testimonial ésta tendrá como máximo tres testigos por parte. El juez interrogará a los testigos y a las partes, y en caso de no poder diligenciarse toda la prueba en la audiencia, ésta podrá prorrogarse por única vez por un plazo no mayor a 15 días, si el magistrado lo estima pertinente.

Por último, finalizada la audiencia el juez dictará la sentencia, que se pronunciará sobre todas las defensas interpuestas incluyendo las excepciones previas, y sólo en casos excepcionales podrá prorrogarse el dictado de la misma por un plazo de hasta 3 días. De acuerdo a la ley vigente, la relación de consumo es "el vínculo que se establece entre el proveedor que, a título oneroso, provee un producto o presta un servicio y quien lo adquiere o utiliza como destinatario final".

FUENTE: Últimas Noticias citado 6 de mayo de 2009
Fecha
18/May/2009