Bienvenido/a : Invitado
Acosta y Lara (+598) 2917 01 31 (+598) 2915 87 83 Zabala 1542 piso 3 mapa Lun. a Vie. 9:30 a 18:30 hs.

Acosta y Lara & Asociados

La vocación por el Derecho y el ejercicio liberal de la profesión esta ligado al apellido Acosta y Lara desde 1917, año en el cual el Escribano Guzmán Acosta y Lara Medina fundó el primer Estudio jurídico notarial, al que se sumó luego su hijo Manuel Acosta y Lara Sosa Días y sus nietos, completando así las primeras tres generaciones.
Con el correr de los años y los cambios en la sociedad y el Estado, el Estudio fue incorporando nuevos profesionales y especializándose en distintas áreas del Derecho. El Dr. Guzmán Acosta y Lara Romero, nieto del fundador y continuador de ese ejemplo y vocación por el Derecho y el servicio público, inaugura una nueva etapa en 1995: Acosta y Lara & Asociados.
Acosta y Lara & Asociados/ Abogados – Escribanos - Contadores - Consultores, cuenta con una nueva y moderna infraestructura, estratégicamente ubicada en la Ciudad Vieja, acorde a los tiempos y necesidades del hoy, constituyéndose así, en una Empresa de servicios jurídicos, notariales, contables y de consultoría Empresarial.

Derecho Civil

Damos un completo asesoramiento durante las distintas etapas, del negocio jurídico.

Desde su inicio en la etapa  pre contractual y contractual, eligiendo los adecuados instrumentos jurídicos de acuerdo a sus necesidades, intervenimos  si es necesario  en la negociación y puesta en ma...

Derecho Laboral

En Acosta y Lara &Asociados, tenemos una alta especialización y experiencia en el área del Derecho Laboral, siendo este uno de los elementos diferenciales con la competencia.

Hemos participado, en leader cases, que pueden ser consultados en diversos medios de prensa y académicos.El conocimiento del derecho laboral es hoy una necesidad imprescindible para el trabajador y el...

Servicios notariales

El Departamento Notarial es fundamental en toda operación inmobiliaria, fundamentalmente mediante la redacción de contratos de compraventa de inmuebles y de constitución de garantías, así como el trabajo registral y su seguimiento.

Derecho de Familia

Asesoramiento en divorcios, disolución de sociedad conyugal, capitulaciones matrimoniales, sucesiones, donaciones, legados, etc.

Especialistas en defensa de bienes litigiosos de origen sucesorio.Particiones Judiciales y Extrajudiciales de bienes.Seguimiento de derechos sucesorios en el Exterior.

Contable

Brindamos un asesoramiento integral en un solo lugar. Liquidación de sueldos,y pagos a funcionarios, confección de recibos, liquidaciones de egreso, nominas, altas, bajas en BPS, pago de impuestos, auditoria contable, y financiera.

uDe esta manera usted terceriza en el Estudio liquidación de sueldos y pago de haberes, reduciendo costos y teniendo un Asesoramiento jurídico-contable, evitando pérdidas de tiempo y traslados.Hemos a...

Real State

Asistimos al inversor privado nacional y extranjero dando un asesoramiento integral, jurídico, notarial y contable, para proteger su inversión y obtener la mayor rentabilidad.

Nuestro equipo de profesionales altamente especializados garantiza la confiabilidad de los instrumentos jurídicos elegidos para proteger su inversión, asegurando su confidencialidad.Tenemos experienci...

Gobierno extenderá subsidio a trabajadores de los sectores más afectados por la pandemia

Se extiene el seguro de desempleo especial hasta el 31 de marzo de 2022

Control de Voto elecciones nacionales y departamentales. Circular de la Corte Electoral

El control del voto sera desde el 25 de enero de 2021 hasta el 25 de mayo de 2021

MANUAL DE BUENAS PRACTICAS PARA EL TELETRABAJO OIT

Lo OIT (Organización Internacional del Trabajo) elaboro un Manual de buenas practicas para la realización del Teletrabaj...

MODIFICACIONES NOTARIALES Y LABORALES EN LA LEY DE URGENTE CONSIDERACION

PRINCIPALES MODIFICACIONES NOTARIALES INTRODUCIDAS EN LA LUC La Ley de Urgente Consideración, ley Número 19.889 (en ade...

El TELETRABAJO UNA NECESIDAD.

EL TELETRABAJO . UNA NECESIDIDAD . A raíz de la pandemia que estamos sufriendo, las empresas privadas y el sector pub...

El AMOR EL CASAMIENTO Y LA SUCESION

Estimados clientes y amigos comparto una nota que no es de mi autoría sino de un colega argentino que si bien correspo...

05/Oct

Decreto 308/2021 reglamentario de la ley de Promoción de Empleo

Se reglamenta ley de Promocion de Empleo

05/Oct

Nuevo regimen de contratacion para fomentar el empleo de menores, mayores de 45 años y personas con discapacidad.

LEY PROMOCION DE EMPLEO MODALIDADES CONTRACTUALES Y REQUISITOS PARA CADA CASO Modalidades contractuales aplicables al sector privado, jóvenes de 15 a 29 años 1) Subsidio temporal para la contratación de jóvenes desempleados Población objetivo Subsidio Plazo Jóvenes de 15 a 29 años* en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 meses en los 24 meses previos a la contratación. *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. • 40% de la remuneración, con un tope máximo de $9.000 (Mujeres / Mujeres y varones con personas a cargo - jornada completa) • 40% de la remuneración, con un tope máximo de $ 4500 (Mujeres / Mujeres y varones con personas a cargo jornada menor al máximo establecido por el laudo) • 30% de la remuneración, con un tope máximo de $ 7000 (Varones sin personas a cargo jornada completa) • 30% de la remuneración, con un tope máximo de $ 3500 (Varones sin personas a cargo jornada menor al máximo establecido por el laudo) Contrato de 6 a 12 meses 2) Primera experiencia Laboral Población objetivo Subsidio Plazo Jóvenes de 15 a 24 años*, que no hayan tenido una experiencia formal de trabajo mayor a 90 días (continuos o discontinuos en 2 años) *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. • $ 6.000 (Varones) o $ 7500 (Mujeres) en jornada completa • $ 3.000 (Varones) o $ 3.750 (Mujeres) en jornada menor al máximo establecido por el laudo) • Finalizado el plazo del contrato, si el/la joven continúa su contratación en la empresa podrá tener exoneración de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por dicho/a joven hasta que cumpla los 25 años de edad. Contrato de 6 meses a 12 meses, pudiendo percibir exoneración de aportes si la contratación continúa hasta los 25 años 3) Práctica laboral para egresados Población objetivo Subsidio Plazo Jóvenes de 15 a 29 años*, con formación previa y en busca de su primer empleo vinculado con la titulación que posean *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. 15% de las retribuciones mensuales (materia gravada para Seguridad social) del trabajador. Monto máximo del subsidio 15% de 2 SMN. Contrato de 6 a 12 meses. 4) Trabajo protegido joven Población objetivo Subsidio Plazo Jóvenes de 15 a 29 años*, en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. • 40% (Varones) o 60% (Mujeres) de las retribuciones mensuales • 60% (Varones) u 80% (Mujeres) de la remuneración, en contrataciones por convenio o por Programa con otras instituciones. Tope máximo de subsidio: 80% de 2 SMN. Contrato de 6 a 12 meses. Modalidad para contratación de Personas mayores de 45 años. 1) Subsidio temporal para la contratación de mayores de 45 años Población objetivo Subsidio Plazo Personas mayores de 45 años*, en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 en los 24 meses previos a la contratación *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. • $7.000 – contratación de varones en régimen de jornada completa • $8.000 – contratación de mujeres en régimen de jornada completa • $9.000 – contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada completa • $3.500 – contratación de varones en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo • $4.000 - contratación de mujeres en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo • $4.500 - contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo Contrato de 6 a 12 meses 2) Trabajo protegido mayores de 45 años Población objetivo Subsidio Plazo Personas mayores de 45 años*, en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. • 40% (Varones) o 60% (Mujeres) de las retribuciones mensuales • 60% (Varones) u 80% (Mujeres) de la remuneración, en contrataciones por convenio o por Programa Monto máximo del 80% de 2 SMN. Contrato de 6 a 12 meses Modalidad de contratación de Personas con discapacidad. 1) Subsidio temporal para la contratación de personas con discapacidad en situación de desempleo Población objetivo Subsidio Plazo Personas con discapacidad* que se encuentren en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 en los 24 meses previos a la contratación. Deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad de MIDES *No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. • $7.000 – contratación de varones en régimen de jornada completa • $8.000 – contratación de mujeres en régimen de jornada completa • $9.000 – contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada completa • $3.500 – contratación de varones en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo • $4.000 - contratación de mujeres en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo • $4.500 - contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo Contrato de 6 a 12 meses REQUISITOS GENERALES CONTRATACION PERSONAS CON DISCAPACIDAD, JOVENES ENTRE 15 Y 29 AÑOS Y MAYORES DE 45 AÑOS a. Estar en situación regular de pagos ante BPS, DGI y MTSS. b. No tener rescisiones unilaterales ni envíos a seguro por desempleo en la misma categoría laboral que la persona a contratar, con excepción de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS). c. Tener 1 o más trabajadores en plantilla permanente d. No estar registradas como "usuarios de servicios" en BPS. e. No ser suministradoras de personal (si podrán utilizar los subsidios para su propio personal) f. Los contratos de trabajo para las modalidades subsidiadas, deberán tener una carga horaria mínima de 20 horas semanales. g. El plazo de prueba será de 45 días en contrataciones de 6 a 8 meses, de 60 días en contrataciones de 9 a 11 meses y de 90 días en contrataciones de 12 meses. h. No tener parentesco con los/as trabajadores/as a contratar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad. i. Tope de contratación: La empresa podrá contratar hasta el 20% de su plantilla permanente. Empresas con menos de 10 trabajadores, pero más de 5 podrán contratar hasta 2 trabajadores. Empresas de 1 a 5 trabajadores podrán contratar 1 trabajador. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS). j. Contar con certificado o informe de cumplimiento emitido por la Comisión Nacional de Inclusión Laboral de Empresas con más de 25 trabajadores Gestión On Line: a través de la Plataforma VÍA TRABAJO: http://viatrabajo.mtss.gub.uy

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