Ley 19530 aprobación de salas de lactancia materna
LA NECESIDAD DE REALIZAR UNA PREVENCIÓN INTEGRAL DE LA VIOLENCIA EN EL TRABAJO.-
Con fecha 4 y 5 del corriente, se realizaron las Jornada de Reflexion organizada por la Asociacion de Magistrados Laborales que se orientaron dentro de un marco multidisciplinario, al enfoque relacionado con las situaciones de acoso laboral y sexual.-
Encuadrado dentro de ese ámbito, la temática fue analizada desde varios aspectos tanto el jurídico como el científico, sustancialmente dentro de un abordaje psicológico.-
Si bien los aportes realizados desde las diferentes perspectivas fueron de gran valor e interés, consideramos que conviene detenerse en el enfoque expuesto por el MTSS, que vincula la violencia laboral no solamente a la problemática de la reparación sino al ámbito de la prevención, tema que entendemos no ha sido suficientemente analizado.
Independientemente de cómo se nombre el problema, las definiciones que se expusieron refieren a un proceso que no todos los autores describen de igual modo. De ahí que no exista aún, una definición consensuada.
Existe un punto de acuerdo en cuanto los diferentes conceptos apuntan a considerar que la violencia laboral o mobbing resulta de “Exposición a conductas de violencia psicológica o física, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo, hacia una o más personas por parte de otra/s que actúan frente aquella/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica). Dicha exposición se da en el marco de una relación laboral y supone la existencia de un riesgo.
En lo que se relaciona con el acoso sexual, otra manifestación de violencia laboral, existe acuerdo en entenderlo como “cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”.
Retomando la orientación preventiva en el entorno laboral, las prácticas comunes adoptadas para hacer frente a las situaciones de violencia y acoso en el trabajo carecen normalmente de la necesaria visión sistémica, y no resultan suficientemente preventivas.-
En efecto, las formas más frecuentes de actuación han sido:
Estas formas de actuación responden a una visión reactiva, tardía y puntual del problema; no constituyen métodos preventivos de actuación, pues no están integrados en la política preventiva y las soluciones que promueven son individuales y puntuales, no ingresando a determinar la auténtica causa del problema: la organización del trabajo
Corresponde señalar que no en todas las empresas se realiza una pormenorizada evaluación de los riesgos psicosociales y el estudio de las condiciones de trabajo y el clima organizacional. No se puede afirmar que las condiciones de trabajo, por sí mismas, determinen la aparición de una situación de acoso, pero hay que considerar la existencia de condiciones de trabajo que no evitan o que incluso favorecen- la aparición de este riesgo, a via de ejemplo.
• Conflicto o ambigüedad de rol.
•Malas relaciones personales en el trabajo.
•Ausencia o ineficacia de los canales de comunicación y participación.
De allí la conveniencia de identificar estos factores de riesgo que permitirán la realización de labores preventivas o de intervención .
.. La evaluación de riesgos psicosociales es un procedimiento preventivo , prácticamente indispensable, que sin embargo, no está extendido en las empresas.
La actuación frente a los riegos de violencia laboral precisa un cambio sustancial de perspectiva: en primer lugar, es necesario centrar la actuación en el ámbito de la empresa (donde se produce el daño); en segundo lugar, actuar a través de un proceso preventivo proactivo e integral en lugar de actuaciones puntuales y reactivas; y, en tercer lugar, considerar la violencia laboral como un proceso y en su conjunto, más que sólo como cuadros de daño parciales.
En consecuencia, dar solución al problema de la violencia laboral, dada su naturaleza compleja - ya que puede afectar a varios derechos fundamentales con reconocimiento constitucional (derecho a la igualdad y no discriminación, a la integridad moral, a la dignidad personal,...) y configurar al mismo tiempo violaciones a normativa expresa relacionada con la seguridad e Higiene en el Trabajo - no es tema de fácil resolución en tanto implica un enfoque global e integrador
. La actuación frente a la violencia laboral ha de ser proactiva, por lo que no se puede circunscribir, exclusivamente, a las denuncias puntuales. Esto exige el desarrollo e implementación de un programa sistémico de actuación, centrándose en los factores organizativos y psicosociales, que involucre a toda la organización.
Los protocolos de actuación sobre el acoso pueden llegar a ser útiles siempre y cuando se integren dentro del plan preventivo de la empresa y tengan una finalidad esencialmente preventiva, derivándose de su aplicación, una mejora en las condiciones de trabajo.
Lo expresado precedentemente no supone, por lo tanto, ninguna ruptura con aquello que ya la empresa debería estar realizando en materia de prevención. Carece de sentido, por ejemplo, disponer de un protocolo específico de actuación contra el acoso laboral cuando no existe una evaluación de riesgos psicosociales complementado con un estudio del clima organizacional.
Se ha de tener presente que, normalmente, la violencia no es una conducta puntual aunque pueden darse situaciones de este tipo, sino el resultado de una serie prácticas organizativas e interpersonales deficientes, que se van gestando cotidianamente. Las acciones violentas son el reflejo de carencias en la actividad preventiva de la organización, lo que impone la necesidad de implementar actividades planificadas destinadas a la detección, al diagnóstico, la investigación, la intervención y la adopción de medidas correctivas.
Las situaciones de violencia laboral son procesos graduales que habitualmente van gestándose a lo largo del tiempo, al amparo de unas malas condiciones de trabajo y/o una deficiente organización del mismo
El tratamiento de riesgos psicosociales debe asumirse como un valor integrado en la cultura de la organización, que impulsa los procesos organizativos dirigidos a la promoción de las acciones necesarias para alcanzar la seguridad y fomentar la cultura preventiva.-
Las situaciones de violencia no solamente afectan a los directamente involucrados, sino que producen efectos severos en la Organización , a via de ejemplo:
Escasa identificación con la Empresa
Desmotivación en el trabajo
Problemas de comunicación
Incumplimientos de normas y procedimientos de trabajo
Errores en el proceso..
Para que la acción preventiva que requiere la Autoridad de Control y la lógica, resulte eficaz se debe un procedimiento global e integrado ya que atacar el problema por partes solamente emparchará el problema pero no lo solucionará
En definitiva consideramos que la solución del problema pasa por la debida integración de su tratamiento dentro de una concepción globalizadora de la seguridad, que tiene en cuenta los aspectos legales, humanos, sociales y técnicos de todos los riesgos que pueden afectar a las personas que participan en una organización, entre ellos el riesgo psicoscial..
Dra. Beatriz Calvo.
Tecnico Prevencionista.