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PROYECTO DE LEY DE LICENCIA POR ENDOMETROSIS

Comisión de Legislación del Trabajo
y Seguridad Social
Carpeta Nº 3618 de 2023 Repartido Nº 253
Abril de 2025
LICENCIA POR ENDOMETRIOSIS
N o r m a s
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PROYECTO DE LEY
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Artículo 1º.- La endometriosis no será causa de discriminación en ningún ámbito y,
en particular, no podrá ser invocada como causal legítima de despido en la relación de
trabajo, tanto en el sector público como en el privado. En toda controversia judicial o
administrativa en la cual se pretenda negar, modificar o extinguir el derecho de una
trabajadora que tenga la condición de paciente con endometriosis, será imprescindible el
dictamen del Banco de Previsión Social (BPS) producido por los órganos especializados
previstos en el artículo siguiente.
Artículo 2º. El Banco de Previsión Social (BPS).- y las entidades correspondientes
del sistema previsional dispondrán la constitución de juntas médicas especializadas con el
fin de determinar los casos de incapacidad parcial o total, transitoria o definitiva, derivados
de la endometriosis, a los efectos de la determinación de derechos jubilatorios o de
subsidios transitorios por incapacidad parcial.
Artículo 3º. (Licencia por endometriosis).- Todas aquellas personas que padezcan
endometriosis tendrán derecho a una licencia especial que no podrá exceder los 20
(veinte) días anuales.
Esta licencia deberá otorgarse en forma fraccionada en hasta 3 (tres) días
mensuales.
Artículo 4º. (Ámbito de aplicación).- Todas las personas diagnosticadas o con la
sospecha fundada de padecer endometriosis que trabajan, tanto en el ámbito público
como en el privado, tendrán derecho a la licencia especial con goce de sueldo establecida
en la presente ley.
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La licencia por endometriosis será considerada un derecho de quienes la padecen y
no podrá ser descontada del régimen general de licencias.
Artículo 5º. (Documentación a presentar).- La institución prestadora de servicios de
salud a la que esté afiliada la persona deberá proporcionarle la certificación con el
diagnóstico o sospecha del mismo, para su presentación ante el empleador .
Artículo 6º.- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social llevará un registro
estadístico actualizado de personas con endometriosis y sus afectaciones específicas en
el ámbito laboral, cumpliendo con la legislación vigente sobre protección de datos
personales.
Artículo 7º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de 120
(ciento veinte) días desde su promulgación.
Montevideo, 6 de junio de 2023
CLAUDIA HUGO
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
SYLVIA IBARGUREN GAUTHIER
REPRESENTANTE POR RÍO NEGRO
LUCÍA ETCHEVERRY LIMA
REPRESENTANTE POR CANELONES
MICAELA MELGAR
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
ANA MARÍA OLIVERA PESSANO
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
CRISTINA LÚSTEMBERG
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
AGUSTÍN MAZZINI
REPRESENTANTE POR CANELONES
NICOLÁS MESA WALLER
REPRESENTANTE POR SAN JOSÉ
GABRIELA BARREIRO
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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La endometriosis es una enfermedad reconocida por la Organización Mundial de la
Salud, que tiene afectación en la salud sexual y reproductiva y la calidad de vida de
quienes viven con ella. Este proyecto de ley busca recoger la preocupación de la OMS en
la adopción de políticas específicas para abordar este problema con el objetivo de
garantizar el bienestar de la población.
Esta patología tiene importantes implicaciones sociales, económicas y de salud
pública; al ser una enfermedad crónica se deben tomar medidas para reducir la carga a
largo plazo de los síntomas. La concepción generalizada que atribuye normalidad al dolor
asociado a los ciclos menstruales hace que la endometriosis sea una enfermedad
subvalorada, y subdiagnosticada.
Existe bibliografía científica que evidencia que las mujeres y personas con útero que
sufren de endometriosis pierden más de siete horas de productividad por semana cuando
los síntomas se desarrollan de forma grave1 y que en total, se calculan aproximadamente
20 días de ausencia laboral o reducción drástica de las capacidades productivas por lo
incapacitante de los síntomas asociados al dolor2 .
En las personas con endometriosis sintomáticas, el síntoma principal y más
frecuente es el dolor pélvico cíclico, que adopta diferentes patrones: dismenorrea severa
(75%) que suele ser progresiva, dispareunia intensa (44%), dolor pélvico crónico (70%),
dolor limitado a la ovulación y/o disquecia. Estos síntomas alrededor de la menstruación
pueden asociarse a sangrado anormal o a síntomas intestinales y vesicales, a infertilidad
y/o a fatiga crónica.
El estudio de Global Study of Women's Health (GSWH, 2011) es el primer estudio
epidemiológico prospectivo para conocer el impacto de la endometriosis, se desarrolló en
1 Fourquet, J., Báez, L., Figueroa, M., Iriarte, R. I., & Flores, I. (2011). Quantification of the impact of endometriosis symptoms on health-related
quality of life and work productivity. Fertility and sterility, 96(1), 107–112. https://doi.org/10.1016/j.fertnstert.2011.04.095
2 Fourquet, J., Gao, X., Zavala, D., Orengo, J. C., Abac, S., Ruiz, A., Laboy, J., & Flores, I. (2010). Patients' report on how endometriosis affects
health, work, and daily life. Fertility and sterility, 93(7), 2424–2428. https://doi.org/10.1016/j.fertnstert.2009.09.017
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10 países y demuestra una pérdida de productividad laboral debido al sangrado
abundante, quistes, trastornos intestinales y dolor.
Actualmente no existe un registro exacto sobre la cantidad de casos de
endometriosis, dado que es una enfermedad subestimada y con un diagnóstico de difícil
acceso. Incluyendo todas las formas de endometriosis, la incidencia promedio estimada a
nivel mundial es de 190 millones de personas En nuestro país 1 de cada 10 personas
nacidas con útero son diagnosticadas con endometriosis, y esta enfermedad está
presente en el 50% de los casos de infertilidad.
Recientemente los datos relevados en la región acompañan estas estimaciones. En
Brasil, el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE) llevó a cabo una encuesta
sobre la salud de la población en 2019, que incluyó preguntas sobre la endometriosis. Los
resultados de la encuesta mostraron que el 7,5% de las mujeres brasileñas declararon
haber sido diagnosticadas con endometriosis.
Si bien es una enfermedad crónica, no hay legislación que la contemple en su
especificidad asociada a las afectaciones a nivel laboral y en particular a las trayectorias
de las mujeres. No existe una cobertura homogénea de los gastos que implican su
diagnóstico, tratamiento y control.
Montevideo, 6 de junio de 2023
CLAUDIA HUGO
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
SYLVIA IBARGUREN GAUTHIER
REPRESENTANTE POR RÍO NEGRO
LUCÍA ETCHEVERRY LIMA
REPRESENTANTE POR CANELONES
MICAELA MELGAR
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
ANA MARÍA OLIVERA PESSANO
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
CRISTINA LÚSTEMBERG
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
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AGUSTÍN MAZZINI
REPRESENTANTE POR CANELONES
NICOLÁS MESA WALLER
REPRESENTANTE POR SAN JOSÉ
GABRIELA BARREIRO
REPRESENTANTE POR MONTEVIDEO
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